Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Ley Foral 16/2010, de 8 de noviembre, por la que se crea el registro de profesionales en relación con la interrupción voluntaria del embarazo. · BOE-A-2010-19959
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-16.
Texto consolidado
La presente Ley Foral será de aplicación solamente a los profesionales sanitarios del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo que, por razones de conciencia, manifiesten rechazo o negativa a realizar la intervención de la interrupción voluntaria del embarazo.