Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley Foral 10/1991, de 16 de marzo, sobre prevención y limitación del consumo de bebidas alcohólicas por menores de edad. · BOE-A-1991-23614
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-04-06.
Texto consolidado
Queda prohibida la venta, expedición o consumo de bebidas alcohólicas en los siguientes lugares:
a) Locales y Centros dedicados específicamente a un público compuesto mayoritariamente por menores de dieciocho años.
b) Centros educativos de educación infantil, primaria, secundaria, de régimen especial, en sus grados de elemental y medio.