Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Ley 9/2022, de 20 de julio, sobre economía social y solidaria de La Rioja. · BOE-A-2022-13067
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-23.
Texto consolidado
1. La presente ley resulta de aplicación al conjunto de entidades de economía social y solidaria cuyo domicilio social se ubique en La Rioja o que desarrollen su actividad empresarial y económica principalmente en su ámbito territorial, sin perjuicio de las competencias que pudieran corresponder al Estado.
2. Se entenderá que una entidad desarrolla su actividad empresarial y económica principalmente en La Rioja cuando deba estar inscrita en el registro riojano que le corresponda en razón a su naturaleza o tenga su centro de trabajo en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.