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Ley Vigente

Artículo 2. Ámbito de actuación.

Artículo 2 de la Ley 9/2004, de 24 de noviembre, de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi. · BOE-A-2011-18158

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-12-16.

Texto consolidado

1. La Comisión Jurídica Asesora de Euskadi ejerce su función consultiva respecto de la actividad de los órganos y entes integrados en las siguientes administraciones:

a) Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

b) Administración local.

c) Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea.

d) Las demás entidades públicas con personalidad jurídica propia vinculadas a las anteriores o dependientes de ellas.

2. Queda excluida del ámbito de actuación de la Comisión Jurídica Asesora de Euskadi la actividad de las instituciones forales de los territorios históricos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-12-16.

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