El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2 de la Ley 9/1995, de 27 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural. · BOE-A-1995-20287

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-08-22.

Texto consolidado

1. El ámbito de aplicación de la presente Ley está constituido por los espacios naturales y terrenos forestales definidos por la Ley 12/1985, de 13 de junio, de espacios naturales, y la Ley 6/1988, de 30 de marzo, forestal de Cataluña, por el conjunto de pistas y caminos asfaltados que los recorren y por el conjunto de caminos rurales, de herradura, de cabaña, senderos y veredas y pistas forestales de tierra.

2. Los preceptos de la presente Ley se aplican sin perjuicio de la existencia de servidumbres públicas, que se regulan de acuerdo con la normativa específica aplicable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-08-22.

Más artículos de Ley 9/1995

En El Vínculo puedes leer Ley 9/1995 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.