Artículo 2. Naturaleza.
Artículo 2 de la Ley 9/1990, de 9 de noviembre, del Consejo Económico y Social de Aragón. · BOE-A-1990-28994
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-11-14.
Texto consolidado
1. El Consejo Económico y Social de Aragón es un órgano consultivo de la Comunidad Autónoma cuyo fin es hacer efectiva la participación de los sectores interesados en la política económica y social de Aragón.
2. En el desarrollo de sus funciones, el Consejo Económico y Social actuará con plena independencia de los restantes órganos e instituciones de la Comunidad Autónoma.