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Ley Vigente

Artículo 2.

Artículo 2 de la Ley 8/2001, de 27 de abril, de Designación de la Sede de los Juzgados de lo Social y de lo Penal con Jurisdicción en la Isla de Menorca. · BOE-A-2001-9859

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-05-05.

Texto consolidado

De acuerdo con lo establecido por la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y planta judicial y tal como reconoce la disposición transitoria primera de la Ley 37/1999, de 28 de octubre, la sede del Juzgado Penal número 1, con jurisdicción en los partidos judiciales de Maó y Ciutadella, estará en la capital del partido judicial de Maó.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-05-05.

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