Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Ley 7/2022, de 1 de diciembre, de Economía Social de Aragón. · BOE-A-2023-496
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-21.
Texto consolidado
1. La presente ley resulta de aplicación al conjunto de entidades de economía social cuyo domicilio social se ubique en Aragón y desarrollen su actividad empresarial y económica principalmente en su ámbito territorial, sin perjuicio de las competencias que pudieran corresponder al Estado.
2. Se entenderá que una entidad desarrolla su actividad empresarial y económica principalmente en Aragón cuando esté inscrita en el registro aragonés que le corresponda en razón a su naturaleza o alguno de sus centros de trabajo radique en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.