Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes referidos en los párrafos a) a d) del artículo 1 de la presente Ley.
Artículo 2 de la Ley 52/2002, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003. · BOE-A-2002-25411
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-01.
Texto consolidado
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los párrafos a), b), c) y d) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VII por importe de 211.515.071,95 miles de euros, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente:
Miles de euros
Alta Dirección del Estado y del Gobierno
468.861,75
Administración General
494.440,63
Relaciones Exteriores
1.001.098,12
Justicia
1.117.585,84
Protección y Seguridad Nuclear
42.841,39
Defensa
6.212.765,83
Seguridad y Protección Civil
5.419.350,37
Seguridad y Protección Social
91.215.550,31
Promoción Social
5.411.443,45
Sanidad
3.369.524,55
Educación
1.498.263,34
Vivienda y Urbanismo
645.609,37
Bienestar Comunitario
512.967,38
Cultura
816.644,12
Otros Servicios Comunitarios y Sociales
193.452,21
Infraestructuras Básicas y Transportes
7.778.039,64
Comunicaciones
165.777,61
Infraestructuras Agrarias
353.989,54
Investigación Científica, Técnica y Aplicada
1.952.395,54
Información Básica y Estadística
318.063,86
Regulación económica
2.394.548,13
Regulación financiera
4.129.983,72
Agricultura, Pesca y Alimentación
7.932.343,04
Industria
684.633,09
Energía
43.344,27
Minería
1.226.031,59
Turismo
133.545,20
Comercio
313.957,03
Transferencias a Admones. Públicas Territoriales
37.539.363,61
Relaciones financieras con la Unión Europea
8.496.651,01
Deuda Pública
19.632.006,41
Dos. Para la ejecución de las operaciones de Activos Financieros contenidas en los programas integrados en los estados de gastos de los Entes referidos en los párrafos a), b), c) y d) del artículo anterior se aprueban créditos por importe de 9.725.640,98 miles de euros, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley.
Tres. En los estados de ingresos de los entes a que se refieren los apartados uno y dos de este artículo, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de euros, se recoge a continuación:
Miles de euros
Entes
Capítulos económicos
Capítulos I a VII
Ingresos no financieros
Capítulo VIII
Activos financieros
Total ingresos
Estado
102.930.150,98
489.363,35
103.419.514,33
Organismos autónomos
30.217.926,70
798.505,66
31.016.432,36
Seguridad Social
72.808.250,39
200.379,51
73.008.629,90
Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley
74.562,36
39.253,76
113.816,12
Total
206.030.890,43
1.527.502,28
207.558.392,71
Cuatro. Para las transferencias internas entre los entes a que se refieren los apartados uno y dos de este artículo, se aprueban créditos por importe de 14.626.793,53 miles de euros con el siguiente desglose por entes:
Miles de euros
Transferencias según origen
Transferencias según destino
Estado
Organismos autónomos
Seguridad Social
Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley
Total
Estado
–
3.655.669,87
4.294.321,61
1.353.605,49
9.303.596,97
Organismos autónomos
2.611.477,23
89.246,69
–
–
2.700.723,92
Seguridad Social
154.079,79
–
2.468.392,85
–
2.622.472,64
Organismos del art. 1.d) de la presente Ley
–
–
–
–
–
Total
2.765.557,02
3.744.916,56
6.762.714,46
1.353.605,49
14.626.793,53
Cinco. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de euros, según se indica a continuación:
Miles de euros
Entes
Capítulos económicos
Capítulos I a VII
Gastos no financieros
Capítulo VIII
Activos financieros
Total gastos
Estado
114.516.801,09
5.413.210,42
119.930.011,51
Organismos Autónomos
34.496.324,36
279.619,37
34.775.943,73
Seguridad Social
75.661.987,67
4.032.141,94
79.694.129,61
Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley
1.466.752,36
669,25
1.467.421,61
Total
226.141.865,48
9.725.640,98
235.867.506,46
Seis. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el capítulo IX de los estados de gastos de los entes a que se refiere el apartado uno, por importe 37.602.354,65 miles de euros cuya distribución por programas se detalla en el anexo I de esta Ley.