Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Ley 5/2011, de 1 de abril, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven. · BOE-A-2011-7329
Atención: Ley 5/2011 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.4 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana y las disposiciones del título preliminar del Código Civil, la presente ley será de aplicación respecto de los hijos e hijas, sujetos a la autoridad parental de sus progenitores, que ostenten la vecindad civil valenciana.