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Ley Anulada

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2 de la Ley 5/2011, de 1 de abril, de relaciones familiares de los hijos e hijas cuyos progenitores no conviven. · BOE-A-2011-7329

Atención: Ley 5/2011 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.4 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana y las disposiciones del título preliminar del Código Civil, la presente ley será de aplicación respecto de los hijos e hijas, sujetos a la autoridad parental de sus progenitores, que ostenten la vecindad civil valenciana.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-05-05.

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