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Ley Vigente

Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los Entes referidos en las letras a) a d) del artículo 1 de la presente Ley.

Artículo 2 de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006. · BOE-A-2005-21525

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

Texto consolidado

Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los Entes mencionados en los apartados a), b), c) y d) del artículo anterior, se aprueban créditos en los Capítulos económicos I a VIII por importe de 269.831.745,51 miles de euros, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por políticas de los créditos de estos programas es la siguiente:

Miles de euros

Justicia

1.332.646,49

Defensa

7.123.361,75

Seguridad ciudadana e instituciones penitenciarias

7.266.837,21

Política exterior

1.437.310,22

Pensiones

84.681.586,35

Otras prestaciones económicas

11.972.106,00

Servicios sociales y promoción social

1.650.464,39

Fomento del empleo

6.527.153,36

Desempleo

13.578.339,59

Acceso a la vivienda y fomento de la edificación

1.079.371,87

Gestión y administración de la Seguridad Social

9.199.547,48

Sanidad

3.960.565,88

Educación

1.935.359,21

Cultura

1.027.545,95

Agricultura, pesca y alimentación

8.479.438,07

Industria y energía

1.891.336,27

Comercio, Turismo y PYMES

1.655.144,54

Subvenciones al transporte

1.579.714,58

Infraestructuras

12.936.903,49

Investigación, desarrollo e innovación

6.545.724,73

Otras actuaciones de carácter económico

710.425,46

Alta dirección

642.522,24

Servicios de carácter general

7.571.097,72

Administración financiera y tributaria

1.479.055,44

Transferencias a otras Administraciones Públicas

56.146.487,22

Deuda Pública

17.421.700,00

Dos. En los estados de ingresos de los Entes a que se refiere el apartado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de euros, se recoge a continuación:

Miles de euros

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII

Ingresos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total ingresos

Estado

128.091.354,88

955.033,09

129.046.387,97

Organismos autónomos

32.665.318,99

1.306.269,86

33.971.588,75

Seguridad Social

92.254.969,60

313.297,58

92.568.267,18

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

100.193,59

62.821,85

163.015,44

Total

253.111.836,96

2.637.422,38

255.749.259,34

Tres. Para las transferencias internas entre los Entes a que se refiere el apartado Uno de este artículo, se aprueban créditos por importe de 15.233.220,80 miles de euros con el siguiente desglose por Entes:

Miles de euros

Transferencias según origen

Transferencias según destino

Estado

Organismos Autónomos

Seguridad Social

Organismos del Artículo 1.d) de la presente Ley

Total

Estado

4.451.118,13

5.323.125,93

1.578.227,70

11.352.471,76

Organismos autónomos

342.717,74

128.587,38

471.305,12

Seguridad Social

157.164,98

3.252.278,94

3.409.443,92

Organismos del art. 1.d) de la presente Ley

Total

499.882,72

4.579.705,51

8.575.404,87

1.578.227,70

15.233.220,80

Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de euros, según se indica a continuación:

Miles de euros

Entes

Capítulos económicos

Capítulos I a VII

Gastos no financieros

Capítulo VIII

Activos financieros

Total gastos

Estado

133.950.980,00

9.677.171,31

143.628.151,31

Organismos autónomos

37.768.820,36

860.271,12

38.629.091,48

Seguridad Social

93.894.658,92

7.171.821,46

101.066.480,38

Organismos del artículo 1.d) de la presente Ley

1.739.844,06

1.399,08

1.741.243,14

Total

267.354.303,34

17.710.662,97

285.064.966,31

Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el Capítulo IX de los estados de gastos de los Entes a que se refiere el apartado Uno, por importe de 31.656.675,17 miles de euros cuya distribución por programas se detalla en el Anexo I de esta Ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

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