El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 2. Definiciones.

Artículo 2 de la Ley 30/2002, de 17 de diciembre, de Protección Civil y Atención de Emergencias de Aragón. · BOE-A-2003-1496

Atención: Ley 30/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A los efectos de esta ley se entenderá por:

a) Catástrofe: Emergencia en la que hay una gran destrucción de bienes y afección al patrimonio colectivo y ambiental.

b) Calamidad: Emergencia que produce muchas víctimas o afecta a muchas personas.

c) Emergencia: Suceso o accidente que sobreviene de modo imprevisto, afectando a la integridad física de las personas o a los bienes, de modo colectivo o individual, y que, en ocasiones, llega a constituir una catástrofe o una calamidad.

d) Riesgo: Eventualidad de producción de una emergencia, catástrofe o calamidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2003-01-31.

Más artículos de Ley 30/2002

En El Vínculo puedes leer Ley 30/2002 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.