Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley 3/1989, de 21 de abril del Himno de Aragón. · BOE-A-1989-11470
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-05-05.
Texto consolidado
El Himno de Aragón habrá de ser interpretado en aquellos actos oficiales de carácter público y especial significación organizados por la Comunidad Autónoma y por las entidades locales aragonesas.