Artículo 2. Financiación.
Artículo 2 de la Ley 2/2009, de 2 de marzo, para la puesta en marcha de un Plan Extraordinario de Apoyo al Empleo Local. · BOE-A-2009-4632
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-07.
Texto consolidado
1. Para atender a la financiación del Plan, se dotará un fondo de 48.000.000 de euros, de los cuales 24.000.000 de euros son aportados por la Junta de Extremadura y el resto por las entidades arriba indicadas, en virtud de los correspondientes convenios de colaboración firmados con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. El fondo a que se refiere el apartado anterior se dotará mediante la correspondiente generación de créditos en el estado de gastos de la Consejería de Igualdad y Empleo, en las aplicaciones presupuestarias 1406322A460 y 1406322A469, conforme a lo dispuesto en el artículo 70 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.