Artículo 2. Ámbito territorial.
Artículo 2 de la Ley 2/2007, de 27 de febrero, de creación, por segregación, del Colegio Profesional de Biólogos de Aragón. · BOE-A-2007-11532
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-22.
Texto consolidado
El Colegio Profesional de Biólogos de Aragón desarrollará su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón.