Artículo 2. Criterios de aplicación.
Artículo 2 de la Ley 2/2003, de 17 de marzo, de Medios de Comunicación Social. · BOE-A-2003-8794
Atención: Ley 2/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La presente Ley se interpretará y aplicará con arreglo a los criterios de respeto, promoción y defensa de la libertad, la justicia, la igualdad, el pluralismo político y demás valores del ordenamiento constitucional y del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.