El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada 2 redacciones

Artículo 2. Objetivos.

Artículo 2 de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social. · BOE-A-2011-15732

Atención: Ley 18/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los principales objetivos que persigue la presente ley son los siguientes:

a) Constituir el Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión Social como sistema autónomo, en cuya gestión participa Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, en colaboración con otras administraciones públicas.

b) Establecer los principios de funcionamiento y las bases estructurales del Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión Social, capaces, por su dinamismo y flexibilidad, de promover el aumento progresivo de la cobertura resultante de la aplicación combinada de una pluralidad de instrumentos económicos, sociales y laborales orientados a la inclusión social.

c) Garantizar el acceso de la ciudadanía a las prestaciones económicas y a los instrumentos de inclusión social y laboral integrados en el Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inclusión Social, con arreglo a criterios de igualdad y equidad, adoptando al efecto las medidas necesarias para garantizar la homogeneidad de su aplicación en el conjunto del territorio autonómico.

d) Garantizar el acceso al mercado laboral de las personas empleables y perceptoras de la renta de garantía de ingresos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-13.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2011-19608.

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 18/2008

En El Vínculo puedes leer Ley 18/2008 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.