Artículo 2. Capitalidad.
Artículo 2 de la Ley 17/2002, de 5 de julio, de Creación de la Comarca de los Monegros. · BOE-A-2002-17491
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-09-01.
Texto consolidado
1. La Comarca de Los Monegros tiene su capitalidad en el municipio de Sariñena, donde tendrán su sede oficial los órganos de gobierno de la misma.
2. Sin perjuicio de lo anterior, los servicios que preste la comarca podrán establecerse en cualquier lugar dentro de los límites del territorio comarcal.