Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley 16/2019, de 8 de abril, del estatuto especial de capitalidad de la ciudad de Eivissa. · BOE-A-2019-6701
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-14.
Texto consolidado
El Ayuntamiento de Eivissa promoverá y llevará a cabo actividades de interés común con otras ciudades y pueblos, con las administraciones públicas y con instituciones y organismos europeos y del resto del mundo, en el ámbito de las competencias que le atribuyen esta ley de capitalidad y la legislación de régimen local.