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Ley Vigente

Artículo 2.

Artículo 2 de la Ley 16/1979, de 2 de octubre, sobre tasas de la Jefatura Central de Tráfico. · BOE-A-1979-23768

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-10-26.

Texto consolidado

Ámbito de aplicación.–Las tasas reguladas por la presente Ley se aplicarán en todo el territorio español.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1979-10-26.

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