Artículo 2. Régimen jurídico.
Artículo 2 de la Ley 13/2022, de 2 de noviembre, de creación de la Agencia Riojana de Transición Energética y Cambio Climático. · BOE-A-2022-18898
Atención: Ley 13/2022 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Agencia se somete a los principios de legalidad, servicio al interés general, eficacia, eficiencia, estabilidad y transparencia, y debe ajustarse al principio de instrumentalidad respecto a sus objetivos asignados.
2. El régimen jurídico aplicable a la Agencia será el establecido en la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para las entidades públicas empresariales, en la legislación que resulte de aplicación y en sus propios Estatutos.