Artículo 2. Profesionales colegiados.
Artículo 2 de la Ley 13/2006, de 19 de octubre, de creación del Colegio Oficial de Publicitarios y Relaciones Públicas de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20770
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-10-27.
Texto consolidado
El Colegio Oficial de Publicitarios y Relaciones Públicas de las Illes Balears agrupa a los profesionales que hayan obtenido la titulación universitaria oficial de Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas, o la homologación de la misma. En el caso de titulaciones extranjeras, también deberá acreditarse su homologación.