Artículo 2. Capitalidad.
Artículo 2 de la Ley 13/2003, de 24 de marzo, de Creación de la Comarca del Jiloca. · BOE-A-2003-8227
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.
Texto consolidado
1. La Comarca del Jiloca tendrá en Calamocha su capital administrativa, ostentando Monreal del Campo la capitalidad en aquellos aspectos relacionados con el desarrollo agropecuario de la comarca.
2. Sin perjuicio de lo anterior, los servicios que preste la comarca podrán establecerse en cualquier lugar dentro de los límites del territorio comarcal.