Artículo 2. Capitalidad.
Artículo 2 de la Ley 13/2002, de 10 de junio, de creación de la Comarca de la Ribera Baja del Ebro. · BOE-A-2002-13250
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-06-18.
Texto consolidado
1. La Comarca de la Ribera Baja del Ebro tiene su capitalidad en el Municipio de Quinto, donde tendrán su sede oficial los órganos de gobierno de la misma.
2. Sin perjuicio de lo anterior, los servicios que preste la comarca podrán establecerse en cualquier lugar dentro de los límites del territorio comarcal.