Artículo 2. Hecho imponible.
Artículo 2 de la Ley 13/1985, de 27 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de creación de la Tasa por Servicios Sanitarios en Hematología. · DOGV-r-1985-90017
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1986-01-01.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación, por parte de la Administración Autonómica sanitaria, de cualquiera de los servicios que se relacionan en el Anexo, tanto si los mismos son solicitados por los interesados, como si se realizan de oficio por la Administración.