Artículo 2. Finalidad.
Artículo 2 de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo. · BOE-A-2003-11270
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-29.
Texto consolidado
El Servicio Canario de Empleo tiene como finalidad fomentar, mejorar y promover el empleo en la Comunidad Autónoma de Canarias, luchar contra el desempleo y cubrir las necesidades de formación de los trabajadores desempleados y ocupados, atendiendo con carácter prioritario a aquellos colectivos que presenten mayores dificultades para su inserción laboral.
El Servicio Canario de Empleo ha de dinamizar lo preceptuado en el artículo 40 de la Constitución española y el artículo 5.2 c) del Estatuto de Autonomía de Canarias, llevando a cabo una política orientada al pleno empleo estable y de calidad y al autoempleo.