Artículo 2. Capitalidad.
Artículo 2 de la Ley 12/2003, de 24 de marzo, de Creación de la Comarca de Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó-Casp. · BOE-A-2003-8226
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-27.
Texto consolidado
1. La Comarca de Bajo Aragón-Caspe/Baix Aragó-Casp tiene su capitalidad en el municipio de Caspe, donde tendrán su sede oficial los órganos de gobierno de la misma.
2. Sin perjuicio de lo anterior, los servicios que preste la comarca podrán establecerse en cualquier lugar dentro de los límites del territorio comarcal.