Artículo 2. Régimen normativo.
Artículo 2 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2002-976
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-01.
Texto consolidado
1. Las tasas de la Comunidad se regirán por esta Ley, por la Ley propia de cada tasa, en su caso, por las Leyes generales que les sean de aplicación y por las normas reglamentarias que las desarrollen, y supletoriamente por la normativa estatal en esta materia.
2. Los precios públicos de la Comunidad se regirán por esta Ley, por las Leyes generales que les sean de aplicación y por las disposiciones normativas que los establezcan o desarrollen, y supletoriamente por la normativa estatal en esta materia.