Artículo 2. Régimen jurídico.
Artículo 2 de la Ley 1/1995, de 6 de abril, de Cámaras Agrarias de Castilla y León. · BOE-A-1995-12748
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-09-05.
Texto consolidado
1. Las Cámaras Agrarias de la Comunidad de Castilla y León se regirán por la presente Ley, las disposiciones que la desarrollen, por sus propios estatutos y demás normativa que les sea de aplicación.
2. Los actos y resoluciones de las Cámaras Agrarias que según las Leyes tengan la consideración de actos administrativos estarán sometidos al Derecho Administrativo.