Artículo 2.
Artículo 2 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-1994-2989
Atención: Ley 1/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Ordenación del Territorio tiene por objetivo contribuir a la cohesión e integración de la Comunidad Autónoma y a su desarrollo equilibrado.
2. Son objetivos específicos de esta materia:
a) La articulación territorial interna y con el exterior de la Comunidad Autónoma.
b) La distribución geográfica de las actividades y de los usos del suelo, armonizada con el desarrollo socioeconómico, las potencialidades existentes en el territorio y la protección de la naturaleza y del patrimonio histórico y cultural.