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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 2.

Artículo 2 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Junta y su Presidente. · BOE-A-1983-23788

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-05-03.

Texto consolidado

La Xunta de Galicia está compuesta por el Presidente, Vicepresidente o Vicepresidentes, –en su caso– y los Conselleiros.

En el supuesto de que haya varios Vicepresidentes, uno de ellos tendrá la condición de Vicepresidente primero con las facultades que esta Ley le atribuye.

Todos ellos constituyen conjunta y colegiadamente el Consello, que ejercerá, conforme a lo establecido en esta Ley, las atribuciones de la Xunta, sin perjuicio de las competencias de las Comisiones Delegadas.

En la composición de la Xunta deberá respetarse el principio de equilibrio por sexos, en una proporción entre cada uno de ellos que ha de concretar el Parlamento al inicio de cada legislatura.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-05-03.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2007-10021.

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