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Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 2. Relación de la Corte con las Naciones Unidas.

Artículo 2 del Instrumento de Ratificación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, hecho en Roma el 17 de julio de 1998. · BOE-A-2002-10139

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-07-01.

Texto consolidado

La Corte estará vinculada con las Naciones Unidas por un acuerdo que deberá aprobar la Asamblea de los Estados Partes en el presente Estatuto y concluir luego el Presidente de la Corte en nombre de ésta.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-07-01.

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