Artículo 2.
Artículo 2 del Instrumento de ratificación del Convenio número 151, de la Organización Internacional del Trabajo, sobre la protección del derecho de sindicación y los procedimientos para determinar las condiciones de empleo en la Administración Pública, adoptado en Ginebra el 27 de junio de 1978. · BOE-A-1984-27030
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-09-18.
Texto consolidado
A los efectos del presente Convenio, la expresión «empleado público» designa a toda persona a quien se aplique el presente Convenio de conformidad con su artículo 1.
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