Artículo 2. Vigencia.
Artículo 2 del Decreto-ley 7/2020, de 8 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes en el ámbito de la educación, para hacer frente a los efectos de la emergencia sanitaria ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2020-8010
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-09.
Texto consolidado
Las disposiciones del presente Decreto Ley tendrán vigencia para la preparación, el inicio y el desarrollo del próximo curso escolar 2020-2021, y se extenderá hasta la finalización de los procedimientos administrativos a los que hace referencia.