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Decreto-ley Vigente

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

Artículo 2 del Decreto-ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19. · BOE-A-2021-9353

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-02.

Texto consolidado

1. Este Decreto-ley es aplicable a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, sus organismos autónomos y demás entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de esta en lo que respecta a las actuaciones y procedimientos que tengan por objeto la planificación, puesta a disposición de recursos y la gestión y control de los fondos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación «Next Generation EU».

2. Asimismo el capítulo III del Título IV será de aplicación a todas las Administraciones Públicas Canarias y a su sector público institucional, cuando gestione, mediante la contratación pública, los citados Fondos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-02.

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