Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. · BOE-A-2021-13834
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-09.
Texto consolidado
El presente decreto-ley será de aplicación a la administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y su sector público autonómico.