Artículo 2. Medidas excepcionales en la gestión del gasto.
Artículo 2 del Decreto-ley 3/2020, de 25 de marzo, por el que se aprueban medidas urgentes y extraordinarias en el ámbito administrativo para responder al impacto de la crisis ocasionada por el COVID-19. · BOE-A-2020-4558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-27.
Texto consolidado
Corresponden a la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública las siguientes competencias previstas en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda de Extremadura:
a) las autorizaciones previstas en el artículo 79.1, letra a), y en el artículo 79.2, hasta el 31 de agosto de 2020.
b) el ejercicio de la competencia prevista en el artículo 94.1, hasta el 31 de diciembre de 2020.
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