Artículo 2. Prestación extraordinaria para suministros básicos a profesionales de las artes escénicas, artes visuales, música y audiovisual, y otras actividades culturales suspendidas por razón de la crisis sanitaria en Cataluña.
Artículo 2 del Decreto-ley 21/2020, de 2 de junio, de medidas urgentes de carácter económico, cultural y social. · BOE-A-2020-8751
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-06-04.
Texto consolidado
Se crea una prestación extraordinaria para suministros básicos destinada a las personas profesionales de las artes escénicas, artes visuales, música y audiovisual, y otras actividades culturales suspendidas por razón de la crisis sanitaria en Cataluña, en forma de ayuda extraordinaria para su sostenibilidad económica, de pago único con el objetivo de facilitar la adquisición de suministros básicos.