Artículo 2. Loteries de Catalunya, SAU. Régimen jurídico y capital social.
Artículo 2 del Decreto-ley 16/2021, de 13 de julio, de aprobación de medidas urgentes de ordenamiento del juego de lotería reservado a la Generalitat de Catalunya. · BOE-A-2021-14040
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-07-16.
Texto consolidado
1. Loteries de Catalunya, SAU se rige por sus Estatutos, aprobados por el Acuerdo GOV/84/2021, de 15 de junio, por el texto refundido de la Ley de sociedades de capital, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio, por la legislación reguladora del patrimonio de la Generalitat de Catalunya, por la legislación vigente en materia de finanzas públicas de Cataluña y por la legislación reguladora de las entidades del sector público, leyes de presupuestos, y el resto de disposiciones normativas de aplicación.
2. Loteries de Catalunya, SAU es una sociedad de capital, anónima y unipersonal, constituida con carácter indefinido, con tenencia íntegra de su capital social por parte de la Administración de la Generalitat de Catalunya o de su sector público.
3. La determinación de los ingresos de Loteries de Catalunya, SAU derivados de sus actividades de gestión por cuenta de la Generalitat se rigen por el contrato programa a suscribir entre la sociedad y la Administración de la Generalitat.
Más artículos de Decreto-ley 16/2021
- ← Artículo 1. Organización y gestión del juego de lotería.
- → Artículo 3. Gestión de los ingresos públicos de la Administración de la Generalitat.
- Ver la norma completa: Decreto-ley 16/2021, de 13 de julio, de aprobación de medidas urgentes de ordenamiento del juego de lotería reservado a la Generalitat de Catalunya.