Artículo 2. Sustituto del contribuyente.
Artículo 2 del Decreto ley 13/2019, de 10 de septiembre, de aprobación de las reglas necesarias para la autoliquidación del impuesto sobre bebidas azucaradas envasadas. · BOE-A-2019-15311
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-09-14.
Texto consolidado
En relación con el artículo 74 de la Ley 5/2017, del 28 de marzo, es distribuidor aquel que vende la bebida al contribuyente, con independencia de quién efectúe el transporte de la mercancía al punto de venta, sea el mismo distribuidor, sea el contribuyente, sea un tercero que realiza el servicio de transporte.