Artículo 2. Régimen jurídico.
Artículo 2 del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos. · BOE-A-1998-23233
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-27.
Texto consolidado
Las tasas del Principado se regirán:
a) Por la presente Ley y por las Leyes de la Comunidad Autónoma en materia tributaria.
b) Por la Ley 6/1986, de 31 de mayo, de Régimen Económico y Presupuestario del Principado de Asturias.
c) Por los Reglamentos generales y demás disposiciones que las desarrollen.
d) Con carácter supletorio, por la Ley General Tributaria, el Reglamento General de Recaudación y demás normas concordantes del Estado.