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Decreto Legislativo Vigente 2 redacciones

Artículo 2. Sujeto pasivo.

Artículo 2 del Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. · BORM-s-2004-90027

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-01.

Texto consolidado

Será sujeto pasivo el comité ético de investigación clínica que solicite acreditación o reacreditación y el promotor, según se define en el artículo 2 e) del Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos y demás normativa que les sea aplicable, que solicite la realización de ensayos clínicos sometidos a previo dictamen del comité ético de investigación clínica correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 14/2012, de 27 de diciembre, de medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional..

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