Artículo 2. Sujeto pasivo.
Artículo 2 del Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. · BORM-s-2004-90027
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten autorizaciones para la inmersión en la reserva marina de Cabo de Palos-Islas Hormigas y de Cabo Tiñoso, y en la franja litoral sumergida del Espacio Natural Protegido Isla Grosa e Islote del Farallón.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 3 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-3346.