Artículo 2.
Artículo 2 del Decreto legislativo 1/2000, de 31 de julio, por el que se aprueba el Texto único de la Ley del deporte. · DOGC-f-2000-90007
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-08-08.
Texto consolidado
Los objetivos básicos de la presente Ley son el fomento, la divulgación, la planificación y coordinación, la ejecución, el asesoramiento y la implantación de la práctica de la actividad física y el deporte en toda Cataluña, en todos los niveles y estamentos sociales, con el fin de hacer realidad el derecho de todo ciudadano a desarrollar o ejercitar sus facultades físicas, intelectuales y morales, mediante el libre acceso a una formación física adecuada y a la práctica del deporte.