Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 2 de la Circular 6/2021, de 30 de junio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los incentivos del gestor técnico del sistema gasista y la afección a su retribución. · BOE-A-2021-11079
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-10-01.
Texto consolidado
Esta circular será de aplicación al gestor técnico del sistema.