Artículo 196.
Artículo 196 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres. · BOE-A-1990-24442
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-10-28.
Texto consolidado
Las infracciones de las normas reguladoras del transporte por carretera se clasifican en muy graves, graves y leves.