Artículo 191. Derecho a la negociación colectiva.
Artículo 191 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. · BOE-A-2011-14987
Atención: Real Decreto 1239/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La UNED reconoce el derecho a la negociación colectiva del personal de administración y servicios. A tal efecto, se constituirá la mesa sectorial de negociación en la que estarán presentes los representantes de la Universidad y de las organizaciones sindicales más representativas. Las materias objeto de negociación serán las que se determinen por la mesa, además de las reguladas en la legislación vigente.
2. Los órganos de representación del personal de administración y servicios serán la Junta de personal funcionario de administración y servicios y el Comité de empresa.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-19905.