El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto-ley Vigente

Artículo 19. Régimen jurídico.

Artículo 19 del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024. · BOE-A-2024-24840

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-11-30.

Texto consolidado

Las ayudas reguladas en el presente título se regirán, además de por lo que en él se dispone, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en lo que corresponda, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

En las convocatorias de las secciones financiadas por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, será de aplicación lo dispuesto en la normativa comunitaria y nacional que regula el Mecanismo, en particular, lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El órgano concedente garantizará la gestión, el seguimiento y el cumplimiento en plazo de los correspondientes hitos u objetivos de acuerdo con la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, en la versión en vigor en cada momento y de conformidad con los principios transversales establecidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-11-30.

Más artículos de Real Decreto-ley 8/2024

En El Vínculo puedes leer Real Decreto-ley 8/2024 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.