Artículo 19. Presupuesto mínimo financiable.
Artículo 19 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo. · BOE-A-2020-7311
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-07.
Texto consolidado
El presupuesto financiable mínimo será de 50.000 euros.