Artículo 19. Bajadas voluntarias de precios de las presentaciones de productos sanitarios integradas en agrupaciones homogéneas.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-07-01.
Texto consolidado
Las bajadas voluntarias de precios de las presentaciones de productos sanitarios integradas en agrupaciones homogéneas de productos sanitarios se realizarán conforme al procedimiento dispuesto para medicamentos en el artículo 9 del Real Decreto 177/2014, de 21 de marzo.
Más artículos de Real Decreto 90/2026
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- Ver la norma completa: Real Decreto 90/2026, de 11 de febrero, por el que se regula el procedimiento de financiación selectiva de los productos sanitarios con cargo a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud para pacientes no hospitalizados y se determinan los márgenes correspondientes a su distribución y dispensación.